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Únicamente deben Imprimir la actividad (se realizará en clase el lunes).
JUEVES
Únicamente deben Imprimir lo siguiente:
DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO
Principio 1:
El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta declaración.
Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.
Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.
Principio 2:
El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a la que se atendrá será el interés superior del niño.
Principio 3:
El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.
Principio 4:
El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberá proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y posnatal. El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.
Principio 5:
El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiere su caso particular.
Principio 6:
El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión. Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra índole.
Principio 7:
El niño tiene derecho a recibir educación, que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales. Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social, y llegar a ser un miembro útil de la sociedad.
El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tiene la responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad incumbe en primer término a los padres.
El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deberán estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho.
Principio 8:
El niño debe, en todas circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.
Principio 9:
El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación. No será objeto de ningún tipo de trata.
No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se le dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o su educación, o impedir su desarrollo físico, mental o moral.
Principio 10:
El niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole. Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.
VIERNES
Únicamente deben Imprimir. (La actividad se realizará en clase).
DERECHOS
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NECESIDADES
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DEBERES
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Derecho a la igualdad, sin distinción de raza, credo o nacionalidad.
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Derecho a una protección especial para su desarrollo físico, mental y social.
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Derecho a un nombre y nacionalidad.
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Derecho a una alimentación, vivienda y atención médica adecuada.
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Derecho a una educación y cuidados especiales para el niño física o mentalmente disminuido.
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Derecho a comprensión y amor por parte de los padres y la sociedad.
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Derecho a recibir educación gratuita y disfrutar de los juegos.
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Derecho a ser el primero en recibir ayuda en casos de desastre.
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Derecho a ser protegido contra el abandono y la explotación en el trabajo.
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Derecho a formarse en un espíritu de solidaridad, comprensión, amistad y justicia entre los pueblos.
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